La palanca de emergencia

En no pocas ocasiones, ante un crimen horrendo, la estrategia de la defensa del imputado es decir “que tenía alteradas sus facultades mentales.”

Afortunadamente, en España se practican oportunos exámenes periciales en los cuales, en más de una ocasión, los profesionales actuantes han desmentido que el imputado padezca o haya estado con sus facultades alteradas.

Sin embargo, este recurso defensivo de algunos abogados perjudica a todo un colectivo. Aumenta y solidifica el gran estigma existente en cuanto a las personas con trastorno mental. Hace que la gente tema fundadamente de nosotros.

Ya va llegando el día en que, ante una estrategia como la antes expuesta, si es derribada por informes de facultativos, reciba además una denuncia o personamiento en causa de representantes de nuestro colectivo, demandando y denunciando los daños y perjuicios que tales recursos “procesales” causan a las personas con real trastorno mental.

Para ciertos letrados, sólo algunos de ellos, el trastorno mental es la palanca de emergencia a la que se recurre cuando todo lo demás falta para ejercer una correcta defensa penal. Y, de alguna manera, hay que desincentivar esta práctica. Alguien tiene que dar un paso al frente y demandar responsabilidad a aquella persona que ante toda España ha presumido de ser “loco” sin serlo.

Tales acciones son amplificadas por todos los medios de comunicación. La radio, la prensa, la televisión, el Internet, todos reciben la versión del trastorno y la difunden a toda la sociedad. La gente que confía en los medios y que se encuentra perpleja ante un crimen horrendo, fácilmente acepta esa explicación. Cuando se viene a demostrar que no existían tales “facultades alteradas” al momento de la comisión del hecho, ya el daño a nuestro colectivo se ha consumado.

Es necesario discutir este fenómeno “procesal” con otras personas de nuestro colectivo y hasta con asociaciones de abogados o colegios profesionales. Es necesario enseñar a la prensa a tomar con pinzas alegatos como ese. Hace falta que sea estipulado expresamente como una falta ética el alegar un trastorno mental momentáneo e inexistente como estrategia de defensa penal. Y es urgente que se siente un precedente sobre el particular.

Quizás no lo podamos hacer nosotros en Trebolmente, pero alguien debe hacerlo. Alguien debe ponerse en pie y personarse en alguna causa (o ante algún colegio de abogados) en la que se utilice como mera estrategia de defensa el botón del “trastorno mental” para una vez comprobada la falsedad del alegato, reclamar responsabilidad y reparación por el daño causado con tal práctica a nuestro colectivo.

Un trastorno mental, que muchas veces es una fuente de sufrimiento y muchas complicaciones de por vida, para cientos de miles de personas no puede ser la palanca de emergencia para justificar la participación de un imputado en crímenes atroces.

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